El día 1 de junio de 2013 entró en vigor el procedimiento de certificación energética de los edificios, de acuerdo con el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencias energética de los edificios .
Asimismo, El día 7 de junio entró en vigor el Real Decreto 564/2017, del 2 de junio, por el que se modifica algunas disposiciones del anterior.
Este procedimiento comporta la realización por parte de un técnico de un certificado donde se valorará la eficiencia energética del edificio, y será necesario para que el Instituto Catalán de Energía (ICAEN) emita una etiqueta que calificará al edificio en función de su eficiencia.
Esta Etiqueta será obligatoria para realizar cualquier operación de compra o alquiler, y también se tendrá que incluir en cualquier acción publicitaria que tenga el mismo objetivo.
En la página web del ICAEN hay una serie de información útil para el ciudadano, dónde se expone, de manera clara, el significado y la necesidad de este documento. Se adjuntan a continuación las más relevantes:
¿En qué puede ayudar la certificación?
La certificación energética de los edificios proporciona información útil a todos los ciudadanos que quieran comprar o alquilar una vivienda exponiendo las características energéticas de lo mismo.
Permite que los interesados puedan valorar si la vivienda que consideran comprar o alquilar tiene las características energéticas adecuadas, y conocer el gasto energético aproximado que representará al cabo del año.
Asimismo el certificado va acompañado de un documento de recomendaciones sobre las mejoras que se pueden hacer para obtener un comportamiento energético más eficiente, así como aumentar el confort de la vivienda y por lo tanto reducir el gasto energético si se hace una buena aplicación de las medidas propuestas.
¿Qué aspectos se tienen en cuenta a la hora de calcular la calificación energética?
Los aspectos que se tienen en cuenta para calcular la calificación son los siguientes:
- La normativa edificatoria aplicable.
- La zona climática donde se ubica el edificio. Este es un factor que influye mucho para determinar la demanda energética del edificio y por lo tanto su consumo y su calificación final. El Código Técnico de la Edificación clasifica las zonas climáticas en función de la severidad climática de invierno mediante letras que van de la A (condiciones climáticas menos severas) a la E y según las condiciones de verano con números que van del 1 (condiciones climáticas menos severas) al 4.
- Piel del edificio: fachada, cubierta, ventanas, puertas, protecciones solares, etc.
- Instalaciones: sistemas de climatización (calderas, bombas de calor) y generación de agua caliente sanitaria. En el caso del sector terciario también se tiene en cuenta la iluminación.
(fuente: http://icaen.gencat.cat/es/energia/usos_energia/edificis/certificacio/informacio_ciutada/)

